Los bienes y rentas que constituyen el patrimonio de la Escuela, las transferencias que se le hicieren a título gratuito y las herencias y legados que reciba estarán exentas de toda clase de impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes nacionales, departamentales y municipales. Las donaciones que se le hagan no requerirán insinuación judicial. CAPITULO III Fondo De Recursos Especiales.
Decreto 1522 de 1966 →Vigente
Artículo 96
Los Bienes Y Rentas Que Constituyen El Patrimonio De La Escuela, Las Transferencias Que Se Le Hicieren A Título Gratuito Y Las Herencias Y Legados Que Reciba Estarán Exentas De Toda Clase De Impuestos, Tasas, Contribuciones Y Gravámenes Nacionales, Departamentales Y Municipales
Decreto 1522 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Escuela Penitenciaria Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.