Micelio

Artículo 12

Los Tesoreros Llevarán Cuentas Detalladas Que Rendirán Ante El Tribunal De Cuentas Del Respectivo Departamento O Ante La Corte Del Ramo, Según Que Las Obras Que Se Ejecuten Interesen A Un Solo Departamento O A Más De Uno

Decreto 219 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1921

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Tesoreros llevarán cuentas detalladas que rendirán ante el Tribunal de Cuentas del respectivo Departamento o ante la Corte del ramo, según que las obras que se ejecuten interesen a un solo Departamento o a más de uno. Dichas cuentas serán revisadas y examinadas previamente por las respectivas Juntas Especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 219 de 1923