Micelio

Artículo 175

En Caso De Movilización, El Gobierno, A Partir Del Decreto De Turbación Del Orden Público, Puede Proveer Los Cargos Militares De Oficiales En La Forma Que Las Necesidades Lo Determinen Y Como Más Convengan A Las Intereses Del Estado

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de movilización, el gobierno, a partir del Decreto de turbación del orden público, puede proveer los cargos militares de Oficiales en la forma que las necesidades lo determinen y como más convengan a las intereses del Estado. Restablecida la normalidad, vuelve a su estricta aplicación el presente Estatuto.

Parágrafo

La facultad otorgada en el presente artículo se entiende en el sentido de que el gobierno puede proveer libremente los cargos militares con personal de servicio activo, en retiro temporal o de reserva. Siempre que figuren en los escalafones respectivos, y de acuerdo con los grados que posean.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3220 de 1953