° Los Alcaldes de los Municipios deben exigir a los conductores de tracción mecánica el certificado de la Inspección General del Tráfico de Bogotá, que los acredita hábiles para ejercer esa profesión. Aquellos mismos funcionarios coadyuvarán con su autoridad al cumplimiento de estas disposiciones, y atenderán las órdenes de la citada Inspección General, en relación con ellas.
Decreto 856 de 1924 →Vigente
Artículo 6
Los Alcaldes De Los Municipios Deben Exigir A Los Conductores De Tracción Mecánica El Certificado De La Inspección General Del Tráfico De Bogotá, Que Los Acredita Hábiles Para Ejercer Esa Profesión
Decreto 856 de 1924 · Sobre reglamentación del tráfico en algunas carreteras nacionales y autorizaciones a la Inspección General del Tráfico de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.