Micelio

Artículo 1

Decreto 1394 de 1970 · Por el cual se reglamentan normas sobre valorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo. 1 . La contribución nacional de valorización se exigirá por todas las obras de interés publico que produzcan beneficio ala propiedad inmueble y que ejecuten la Nación o sus entidades descentralizadas, se liquidara y recaudara de conformidad con las normas del presente Decreto, que será el estatuto orgánico de esta contribución en el orden nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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