Micelio

Artículo 6

Adición Del Artículo 1

Decreto 1920 de 2023 · por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 256-1, 311-1, inciso 3° del artículo 356-2 y 519 del Estatuto Tributario, modificados por los artículos 22, 31, 23 y 77 de la Ley 2277 de 2022; se modifica el artículo 1.2.3.1. del Título 3 de la Parte 2 del Libro 1 y el parágrafo del artículo 1.2.1.5.1.7. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 y se adiciona el inciso 2 al artículo 1.2.1.5.1.5. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, el inciso 4° al artículo 1.4.1.4.5. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 4 del Libro 1, el parágrafo 2° al artículo 1.8.2.4.3. y el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1, del Decreto número 1625 de 2016, único Reglamentario en Materia Tributaria, relacionados con el crédito fiscal por inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, ganancias ocasionales, calificación de entidades del Régimen Tributario Especial e impuesto de timbre.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adición del artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria . Adiciónese el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: “ Artículo 1.8.2.4.14. Inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación realizados por la gran empresa . La gran empresa solo podrá acceder al crédito fiscal previsto en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario, cuando las inversiones en los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación se realicen en conjunto con micro, pequeñas o medianas empresas. Para tal efecto deberá cumplirse lo previsto en el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. El beneficio tributario previsto en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario, solo puede ser solicitado por quien realizó la respectiva inversión”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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