Prima quinquenal de antigüedad. El SENA pagará a sus empleados y trabajadores cada, vez que cumplan un quinquenio de servicios continuos y de tiempo completo a la Entidad, una prima de antigüedad de conformidad con las siguientes reglas: 1° Para empleados y trabajadores con salarios hasta de un mil pesos ($ 1.000.00) mensuales, la prima es de mil pesos ($ 1.000.00); 2°Para empleados y trabajadores con salarios superiores a un mil pesos ($ 1 000.00) mensuales y hasta de dos mil pesos ($ 2.000.00) mensuales, la prima es de dos mil pesos ($ 2.000.00); 3° Para empleados y trabajadores con salarios superiores a dos mil pesos ($ 2.000.00) mensuales, la prima es de dos mil quinientos pesos ($ 2.500.00).
Las interrupciones en el servicio, por causa de enfermedad, maternidad o por servicio militar obligatorio, no afectan la continuidad del tiempo de servicios para lo relacionado con la prima de antigüedad.