º En caso de pérdida, extravío o deterioro de la Tarjeta Profesional, la Junta Central de Contadores expedirá el duplicado previa presentación de los requisitos que para tal efecto establezca en su reglamento.
Decreto 1235 de 1991 →Vigente
Artículo 6
º En Caso De Pérdida, Extravío O Deterioro De La Tarjeta Profesional, La Junta Central De Contadores Expedirá El Duplicado Previa Presentación De Los Requisitos Que Para Tal Efecto Establezca En Su Reglamento
Decreto 1235 de 1991 · por el cual se reglamenta el artículo 3° y numerales 1° y 3° del artículo 20 de la Ley 43 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.