Educadores que pueden realizar el curso de formación. Los cursos de formación de que trata la presente sección transitoria, están dirigidos a los docentes y directivos docentes que integren el listado de los 8.000 educadores, que se inscribieron en la ECDF 2018-2020 y que no la aprobaron, de conformidad con el punto ocho (8) del acuerdo colectivo suscrito el 6 de agosto de 2021 entre el Gobierno Nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (FECODE),
El Ministerio de Educación Nacional publicará los educadores que integrarán el listado mencionado, asignando los cupos correspondientes en orden descendente, iniciando con aquellos educadores que, no habiendo aprobado la ECDF 2018-2020, obtuvieron el mayor puntaje y finalizando, con aquellos educadores que no habiendo aprobado la ECDF, obtuvieron el menor puntaje, hasta completar el número de 8.000 educadores.
La puntuación que se usará para la conformación de la lista estará expresada por una parte entera y dos decimales, según lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución 018407 de 2018.
En caso de presentarse empate en el puntaje para la conformación del listado entre dos o más aspirantes, el cupo correspondiente será otorgado al educador con mayor puntaje en la valoración del instrumento "video" en la ECDF que se desarrolló entre los años 2018 y 2020, por tratarse del instrumento con mayor peso porcentual en la calificación final en dicho proceso. Si persiste el empate, se otorgará el cupo al educador con mayor puntaje en la valoración del instrumento "autoevaluación", por tratarse del instrumento con el segundo mayor peso porcentual en la calificación final en la ECDF que se desarrolló entre los años 2018 y 2020.
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