La autoridad nominadora procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que deba ocupar les cargos que se establecen en el presente Decreto. Los empleados que estando al servicio de la Administración de Impuestos Nacionales de Manizales, de la Dirección General de Impuestos Nacionales, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, fueren incorporadas en la Planta de Persona que por esta norma se fija, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva.
I. El ascenso o traslado a otro cargo no interrumpe el tiempo para el reconocimiento de la prima de antigüedad, ni ocasiona la pérdida de la remuneración que se hubiere alcanzado por este concepto.
II. Los actuales funcionarios que se incorporen a la Planta de Personal creada por el presente Decreto, conservarán el tatús que tenían hasta la fecha.