Micelio

Artículo 4

º De La Licencia Previa A La Construcción

Decreto 561 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto, a captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De la licencia previa a la construcción. Antes de instalar, construir, ampliar, remodelar o habilitar cualquier fábrica procesadora, de productos de la pesca, se deberá obtener licencia sanitaria de funcionamiento de la misma.

Parágrafo

Para el otorgamiento de la licencia se tendrán en cuenta las especificaciones por las oficinas de planeación o su equivalente en cada localidad, siempre que no contravengan lo establecido en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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