Micelio

Artículo 5

º

Decreto 2878 de 1997 · por el cual se dictan disposiciones para la aplicación de los criterios legales definidos en la Ley 115 de 1994, para el cálculo de tarifas de matrículas y pensiones por parte de los establecimientos educativos privados de educación formal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para el año de 1998, los establecimientos educativos privados que pretendan ingresar por primera vez a uno de los regímenes o decidan cambiar de régimen para el cobro de tarifas de matrículas y pensiones, dispondrán hasta el dos (2) de febrero de 1998 para presentar a la Secretaría de Educación Departamental o Distrital de la respectiva jurisdicción, la documentación y los formularios de evaluación debidamente diligenciados, de acuerdo con lo exigido por el Manual de Evaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, acompañados de la correspondiente propuesta de tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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