Micelio

Artículo 1.8.2.3.1

Adoptar El Formato 1187 "soporte Consignación De Las Entidades Autorizadas Para Recaudar A La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional' Versión 1 Y Su Especificación Técnica Para La Presentación De La Información Que Soporta La Consignación Realizada Por Las Entidades Autorizadas Para Recaudar

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adóptese el Formato 1187 Versión 1 "Soporte Consignación de las Entidades Autorizadas para Recaudar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional" y su especificación técnica, que hacen parte integral de la presente Resolución, para identificar el detalle de los valores individuales trasladados a las cuentas establecidas por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y que constituyen el soporte del Formato 050 Versión 1 "Consignación de las Entidades Autorizadas para Recaudar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional".

Las entidades autorizadas para recaudar deben presentar virtualmente a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, el Formato 1187 Versión 1 "Soporte Consignación de las Entidades Autorizadas para Recaudar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional", a más tardar al día hábil siguiente a la fecha del traslado de los recursos a las cuentas establecidas por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.

(Artículo 1o, Resolución 162 de 2021)

SECCIÓN 4.

DISPOSICIONES PARA LA RECEPCIÓN Y TRANSMISIÓN DE LOS PAGOS DE IMPUESTOS, DE RETENCIONES EN LA FUENTE Y TRIBUTOS ADUANEROS, ADMINISTRADOS POR LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, BAJO EL ESQUEMA DE TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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