° Los conflictos de competencia, impedimentos y recusaciones y las solicitudes de cambio de radicación de que conoce el Tribunal Superior Militar conforme a lo previsto en el artículo 320, numerales 3, 4 y 5, respectivamente, del Código Penal Militar, serán resueltos de plano.
Decreto 1562 de 1990 →Vigente
Artículo 2
Los Conflictos De Competencia, Impedimentos Y Recusaciones Y Las Solicitudes De Cambio De Radicación De Que Conoce El Tribunal Superior Militar Conforme A Lo Previsto En El Artículo 320, Numerales 3, 4 Y 5, Respectivamente, Del Código Penal Militar, Serán Resueltos De Plano
Decreto 1562 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2550 de 1988, Código Penal Militar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.