Micelio

Artículo 9

º En Virtud De Los Artículos 8º Y 15 De La Ley 7a De 1986, El Pago De Principal, Intereses, Comisiones Y Demás Gastos Correspondientes A Los Títulos Del Presente Decreto Estará Exento De Toda Clase De Impuestos, Tasas, Contribuciones Y Gravámenes De Carácter Nacional

Decreto 2707 de 1991 · por el cual se ordena la emisión y se determinan el nombre, características financieras y condiciones de emisión, colocación, negociación y amortización de los titulares de deuda pública externa de la Nación autorizados por la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En virtud de los artículos 8º y 15 de la Ley 7a de 1986, el pago de principal, intereses, comisiones y demás gastos Correspondientes a los títulos del presente Decreto estará exento de toda clase de impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes de carácter nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2707 de 1991