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Artículo 112

En Cada Una De Las Cuatro Penitenciarías Deberá Funcionar Un Laboratorio De Antropología, Psicología Y Psiquiatría, Dolado De Lodos Los Elementos Necesarios

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En cada una de las cuatro Penitenciarías deberá funcionar un laboratorio de antropología, psicología y psiquiatría, dolado de lodos los elementos necesarios. El Ministerio de Gobierno procederá a hacer los pedidos respectivos de acuerdo con las especificaciones que suministrarán los profesores de tales materias en la Universidad. Nacional.

Parágrafo

Cuando el Medico de la Cárcel o Penitenciaría observe que una detenida o condenada está embarazada, lo pondrá en conocimiento del Director para que se le tengan las debidas consideraciones. En los días inmediatamente anteriores al parto, a juicio del Médico, será llevada a la sala especial que debe funcionar en el establecimiento, y, a falta de tal servicio, se le trasladara al hospital, por el tiempo estrictamente indispensable para dar a luz y poder regresar sin peligro al establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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