Micelio

Artículo 8

La Dirección General De Lazaretos Distribuirá A Los Síndicos, Y Éstos A Los Subsíndicos Y Agentes Municipales, Los Respectivos Esqueletos De Recibos Y Entregas, En Libretas Numeradas En Serie Continua

Decreto 994 de 1921 · Por el cual se dispone la manera como los Síndicos, Subsíndicos y Agentes de Lazaretos, deben comprobar y rendir las cuentas de que son responsables

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Dirección General de Lazaretos distribuirá a los Síndicos, y éstos a los Subsíndicos y Agentes Municipales, los respectivos esqueletos de recibos y entregas, en libretas numeradas en serie continua. Dichas libretas deberán contener cada una cien esqueletos que llevarán además del número de orden que les corresponda, el de la libreta a la cual pertenezcan y el sello de la referida Dirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 994 de 1921