Micelio

Artículo 13

Decreto 2565 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Jefe de la Oficina jurídica cumple con las siguientes funciones

a)

Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las distintas Secciones que integran la oficina;

b)

Coordinar con la Secretaria respectiva de la Presidencia de la República, sobre los problemas jurídicos relacionados con el Ministerio;

c)

Estudiar los asuntos jurídicos que le sean encomendados por el Ministro o por el Secretario General y emitir los conceptos respectivos;

d)

Revisar y tramitar las negocios elaborados por las diferentes Secciones de la Oficina;

e)

Estudiar, preparar y revisar en coordinación con los abogados de la oficina, los proyectos de leyes, decretos, resoluciones y contratos, relacionados con el Ministerio;

f)

Asesorar al Ministerio Público, en coordinación con los abogados de la oficina, en los juicios que se relacionen con el ramo de la Defensa;

g)

Ejercer los poderes otorgados por el Secretario General, en los juicios que se ventilen ante las diferentes jurisdicciones y proponer cuando lo estime conveniente, al Secretario General el abogado que deba representar al Ministerio;

h)

Asesorar al Ministro en los asuntos atinentes a los establecimientos públicos o empresas adscritas o vinculadas al mismo;

i)

Dirigir la codificación de las disposiciones legales del ramo de la Defensa Nacional; y

j)

Estudiar los recursos que se propongan ante el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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