SE PERMITE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Los servidores públicos, en su respectiva jurisdicción, podrán:
1.
Declarado INEXEQUIBLE.
2.
Inscribirse como miembros de sus partidos.
3.
Declarado INEXEQUIBLE.
4.
Declarado INEXEQUIBLE.
Ley 996 de 2005 · por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
SE PERMITE A LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Los servidores públicos, en su respectiva jurisdicción, podrán:
Declarado INEXEQUIBLE.
Inscribirse como miembros de sus partidos.
Declarado INEXEQUIBLE.
Declarado INEXEQUIBLE.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.