La Dirección del Tesoro Nacional está facultada para cubrir los costos derivados de las operaciones pasivas temporales de Tesorería que realice, con los rendimientos generados por la colocación de sus excedentes transitorios.
Si lo apropiado para absorber el resultado de estas operaciones fuere insuficiente, se harán los ajustes presupuestales respectivos, para cubrir tales costos.