° El incumplimiento de lo previsto en el presente Decreto se evaluará frente a lo dispuesto en las disposiciones legales pertinentes, en particular lo regulado en la parte séptima del libro primero del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y las normas que las adicionen y modifiquen.
Artículo 4
° El Incumplimiento De Lo Previsto En El Presente Decreto Se Evaluará Frente A Lo Dispuesto En Las Disposiciones Legales Pertinentes, En Particular Lo Regulado En La Parte Séptima Del Libro Primero Del Estatuto Orgánico Del Sistema Financiero Y Las Normas Que Las Adicionen Y Modifiquen
Decreto 384 de 1993 · por el cual se interviene la actividad de las entidades financieras y aseguradoras sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y se reglamenta el artículo 3.1.5.0.2 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.