°. Corresponderá además al Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional
Asegurar el exacto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y de las instrucciones que imparta el Rector de la Universidad Nacional;
Organizar los servicios y ejercer vigilancia sobre ellos;
Intervenir en los nombramientos, permutas, traslados y remoción de empleados dentro de las facultades que la ley y los reglamentos otorguen;
Conceder licencias a los empleados en los casos y condiciones que autoriza la ley, dando inmediato aviso al Rector de la Universidad;
Amonestar, censurar y suspender hasta por quince días al personal de su dependencia;
Presentar al Rector de la Universidad Nacional una memoria anual del servicio;
Resolver las cuestiones que la ley, los reglamentos o las instrucciones impartidas por el Rector de la Universidad no hubiesen sido decididas o encomendadas a otras autoridades;