º Para efectos del artículo 8º de la Ley 9º de 1989, se entiende por usuario del espacio público y del medio ambiente cualquier persona pública o privada que haga uso o pueda llegar a hacer uso de un determinado espacio público o que haya sido afectada o pueda ser afectada por un determinado medio ambiente.
Decreto 2400 de 1989 →Vigente
Artículo 5
º Para Efectos Del Artículo 8º De La Ley 9º De 1989, Se Entiende Por Usuario Del Espacio Público Y Del Medio Ambiente Cualquier Persona Pública O Privada Que Haga Uso O Pueda Llegar A Hacer Uso De Un Determinado Espacio Público O Que Haya Sido Afectada O Pueda Ser Afectada Por Un Determinado Medio Ambiente
Decreto 2400 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1989
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.