De conformidad con el Decreto-ley 294 de 1973 y Decreto 077 de 1976 los acuerdos de obligaciones, los acuerdos mensuales de gastos, los anticipos, las órdenes de pago, las relaciones de autorización, los avances, la constitución de reservas, las disponibilidades y todo acto que en cualquier forma, afecte el presupuesto de la entidad, incluido el Servicio de la Deuda Pública Nacional, corresponde revisarlos y firmarlos al Jefe de la respectiva División Delegada de Presupuesto. Igualmente será aplicable esta norma a las entidades donde funcionen Oficinas Delegadas dependientes de la Dirección General del Presupuesto.
Artículo 61
De Conformidad Con El Decreto-Ley 294 De 1973 Y Decreto 077 De 1976 Los Acuerdos De Obligaciones, Los Acuerdos Mensuales De Gastos, Los Anticipos, Las Órdenes De Pago, Las Relaciones De Autorización, Los Avances, La Constitución De Reservas, Las Disponibilidades Y Todo Acto Que En Cualquier Forma, Afecte El Presupuesto De La Entidad, Incluido El Servicio De La Deuda Pública Nacional, Corresponde Revisarlos Y Firmarlos Al Jefe De La Respectiva División Delegada De Presupuesto
Decreto 3552 de 1981 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° de enero al 31 de diciembre de 1982.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.