Las salinas, canteras, depósito de asfalto, petróleo, talco, huaño y demás sustancias minerales o no que se hallen en el subsuelo de los bosques dados en explotación, serán materia de concesiones especiales que podrá hacer el gobierno.
Decreto 976 de 1907 →Vigente
Artículo 31
Las Salinas, Canteras, Depósito De Asfalto, Petróleo, Talco, Huaño Y Demás Sustancias Minerales O No Que Se Hallen En El Subsuelo De Los Bosques Dados En Explotación, Serán Materia De Concesiones Especiales Que Podrá Hacer El Gobierno
Decreto 976 de 1907 · Sobre gastos no incluidos en los Presupuestos del Distrito Capital y de los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.