Micelio

Artículo 2.5.3.9.2.2.1

De Los Delegados

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los delegados. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 10 de la Ley 1740 de 2014, como medida preventiva, el Ministerio de Educación Nacional podrá enviar delegados a los órganos de dirección de una institución de educación superior para los fines que indica ese artículo.

El Ministerio de Educación Nacional deberá designar a los correspondientes delegados mediante acto administrativo motivado, indicando el órgano en el cual ejercerán sus funciones, de acuerdo con la estructura prevista en los estatutos de la institución de educación superior.

Parágrafo

Una persona podrá ser designada como delegado en varias instituciones de educación superior, siempre y cuando no exista impedimento o inhabilidad legal o estatutaria.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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