Los contribuyentes del régimen especial en materia tributaria ZESE deberán diligenciar o seleccionar la siguiente información en el sistema:
Seleccionar el primer año gravable en el que se aplicó el Beneficio Tributario del Régimen ZESE.
Diligenciar Información del empleo previo a la aplicación del régimen especial en materia tributaria ZESE, así:
Sociedades que al momento de aplicar el régimen especial en materia tributaria ZESE, tengan un periodo superior a dos (2) años de constituidas. Diligenciar el número de empleos directos mensuales y el número de Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a Pensión (PILA), durante los dos (2) últimos años gravables anteriores al año fiscal en que inicie la aplicación de la tarifa diferencial del impuesto sobre la renta del régimen especial en materia tributaria ZESE.
Sociedades que al momento de aplicar el régimen especial en materia tributaria ZESE, tengan un periodo inferior a dos (2) años de constituidas. Diligenciar el número de empleos directos mensuales y el número de Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a Pensión (PILA), desde el momento de su constitución hasta el último año gravable anterior al año fiscal en que inicie la aplicación de la tarifa diferencial del impuesto sobre la renta del régimen especial en materia tributaria ZESE, cuando aplique.
Diligenciar el número de empleos directos mensuales y el número de Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a Pensión (PILA) del año gravable reportado.
Diligenciar los ingresos fiscales por cada actividad económica generada en el año gravable a reportar.
La información de los numerales 1 y 2 se solicitará únicamente la primera vez que el contribuyente haga uso del Servicio Informático.