El martillo de las bolsas de productos tendrá por objeto la venta en pública subasta y al mejor postor de los bienes inscritos en ella. Por el sistema de martillo podrán venderse las prendas constituidas en los Almacenes Generales de Depósito en aquellos casos en que la ley disponga tal procedimiento y los efectos que se hayan consignado a un comisionista en los casos previstos por el artículo 1290 del Código de Comercio
Decreto 789 de 1979 →Vigente
Artículo 27
El Martillo De Las Bolsas De Productos Tendrá Por Objeto La Venta En Pública Subasta Y Al Mejor Postor De Los Bienes Inscritos En Ella
Decreto 789 de 1979 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de las bolsas de productos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.