Micelio

Artículo 23

Toda Negociación Que Se Efectúe Con Cargo A Los Depósitos Constituidos En Los Fondos Rotatorios Por Las Fuerzas Militares Y La Policía Nacional, Deberá Llenar Los Requisitos Establecidos En El Artículo 11 Del Decreto 0015 De 1957 Y Los Contenidos En Estos Estatutos

Decreto 3107 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Toda negociación que se efectúe con cargo a los depósitos constituidos en los Fondos Rotatorios por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, deberá llenar los requisitos establecidos en el artículo 11 del Decreto 0015 de 1957 y los contenidos en estos estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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