Las rebajas y modificaciones establecidas por la Ley 94 de 1936, entrarán en vigor el 1º de octubre del corriente año. Comuníquese y publíquese
Decreto 1797 de 1936 →Vigente
Artículo 14
Las Rebajas Y Modificaciones Establecidas Por La Ley 94 De 1936, Entrarán En Vigor El 1º De Octubre Del Corriente Año
Decreto 1797 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 94 de 1936
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.