Micelio

Artículo 4

Los Empleados Accidentales Creados Por El Presente Decreto Cuando Sean Movilizados En Cumplimiento De Sus Funciones, Disfrutarán De Viáticos Durante Los Días De Viaje, A Razón De Dos Pesos ($ 2) Diarios, Y A Los Gastos De Transporte Dentro De Las Prescripciones Establecidas En El Decreto Número 1152 De 1939

Decreto 461 de 1945 · Por el cual se crean unos empleados accidentales para reemplazar titulares en uso de vacaciones, en el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los empleados accidentales creados por el presente Decreto cuando sean movilizados en cumplimiento de sus funciones, disfrutarán de viáticos durante los días de viaje, a razón de dos pesos ($ 2) diarios, y a los gastos de transporte dentro de las prescripciones establecidas en el Decreto número 1152 de 1939. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 461 de 1945