Micelio

Artículo 2.2.7.1.1.2

Reconocimiento De Personería Jurídica

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconocimiento de Personería Jurídica. El director adminis­trativo provisional, efectuará los trámites correspondientes para la aprobación y reconoci­miento de la personería jurídica de la corporación ante la Superintendencia del Subsidio Familiar a la cual remitirá la siguiente documentación:

1.

Solicitud escrita sobre aprobación y reconocimiento de la corporación.

2.

Original y copia del acta de constitución suscrita por los constituyentes de la cor­poración.

3.

Estudio de factibilidad.

(Decreto número 341 de 1988, artículo 2°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1072 de 2015