Las empresas nacionales de otro País Miembro autorizadas para efectuar operaciones de transporte internacional por carretera bajo la modalidad de transporte propio, están obligadas a cumplir con lo prescrito en el presente Decreto y en la Decisión 257 de 1989 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, con excepción de lo establecido en el Capítulo V relativo al Contrato de Transporte.
Decreto 1348 de 1992 →Vigente
Artículo 23
Decreto 1348 de 1992 · por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de transporte internacional de mercancías por carretera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.