º Los Agentes de la Policía Nacional serán clasificados para los siguientes servicios: 1) Policía de vigilancia urbana y rural; 2) Policía judicial; 3) Policía vial; 4) Policía de circulación y tránsito; 5) Policía de protección juvenil; 6) Policía de prisiones; 7) Policía de bomberos; 8) Policía de turismo, y 9) Los demás que la Dirección General considere necesarios organizar, de conformidad con las necesidades del país. TITULO III De las asignaciones y primas, traslados, comisiones y licencias. CAPITULO I De las asignaciones y primas .
Artículo 9
Los Agentes De La Policía Nacional Serán Clasificados Para Los Siguientes Servicios: 1) Policía De Vigilancia Urbana Y Rural; 2) Policía Judicial; 3) Policía Vial; 4) Policía De Circulación Y Tránsito; 5) Policía De Protección Juvenil; 6) Policía De Prisiones; 7) Policía De Bomberos; 8) Policía De Turismo, Y 9) Los Demás Que La Dirección General Considere Necesarios Organizar, De Conformidad Con Las Necesidades Del País
Decreto 3187 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera profesional de los Agentes de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.