Micelio

Artículo 91

Decláranse De Utilidad Pública Lo Libros, Registros, Índices, Anotaciones, Etc

Decreto 1778 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre Notariado y Registro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Decláranse de utilidad pública lo libros, registros, índices, anotaciones, etc., llevados particularmente por los empleados de las Notarías y del Registro, con motivo de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1778 de 1954