Micelio

Artículo 820

Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El fideicomisario, mientras pende la condición, no tiene derecho ninguno sobre el fideicomiso, sino la simple espectativa de adquirirlo.

Podrá, sin embargo, impetrar las providencias conservatorias que le convengan, si la propiedad pareciere peligrar o deteriorarse en manos del fiduciario.

Tendrán el mismo derecho los ascendientes legítimos del fideicomisario que todavía no existe i cuya existencia se espera, i los personeros o representantes de las corporaciones i fundaciones interesadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2017
    C-046/17Constitucionalidad · alcance expresionINEXEQUIBLE· expresión
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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