Micelio

Artículo 131

El Maestro De Taller Será Responsable De La Imperfecta Fabricación De Las Manufacturas, Cuando No Se Pueda Imputar A Mala Voluntad De Los Obreros; Indicará Al Director Los Nombres De Los Detenidos O Condenados Que Deben Destinarse A Las Varias Operaciones Y Diversas Tareas Del Taller, Y Los De Aquellos Que Deban Promoverse A La Clase Superior, Volverse A La Inferior, O Excluirse Del Trabajo

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El maestro de taller será responsable de la imperfecta fabricación de las manufacturas, cuando no se pueda imputar a mala voluntad de los obreros; indicará al Director los nombres de los detenidos o condenados que deben destinarse a las varias operaciones y diversas tareas del taller, y los de aquellos que deban promoverse a la clase superior, volverse a la inferior, o excluirse del trabajo. Es también responsable de la conservación de la máquina; muebles, utensilios de toda especie que se empleen en el taller.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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