º Son de libre nombramiento y remoción los siguientes cargos
Viceministro;
Secretario General de Ministerio;
Director General de Ministerio;
Subsecretario de la Secretaría General;
Subsecretario de Asuntos Administrativos;
Subsecretario de Organización y Sistemas;
Subsecretario Jurídico;
Jefe de la Oficina de Estudios Especiales;
Jefe de la Oficina de Divulgación y Prensa.
Jefe de la Oficina de Planeación;
Jefe de la Oficina de Coordinación Nacional;
Subdirector de Ministerio;
Personal del Despacho del Ministro, Viceministros y Secretario General.
Los jefes de Misiones Diplomáticas serán, así mismo, de libre nombramiento y remoción.
Los funcionarios inscritos en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular podrán ser designados en comisión en los cargos señalados en este artículo, siempre y cuando reúnan todos los requisitos exigidos para ellos en las normas que regulan esta materia.
Sentencia de la Corte Constitucional C-129 de 1994 Estarse a lo resuelto ... (Literal m. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-616 de 1996 Declarada inexequible la expresión ... ("y secretaría general" ) Sentencia de la Corte Constitucional C-616 de 1996 Declarada inhibida (Literales h, j y k. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-616 de 1996