El tiempo de servicio en guerra internacional o conmoción interior en las zonas que determine el Gobierno, a juicio del Consejo de Ministros si las condiciones justifican la medida, desde la fecha en que se establezca el Estado de Sitio por perturbación del orden público hasta la expedición del Decreto por el cual se establezca la normalidad, se computará como tiempo doble de servicio para efecto de prestaciones sociales.
Artículo 136
El Tiempo De Servicio En Guerra Internacional O Conmoción Interior En Las Zonas Que Determine El Gobierno, A Juicio Del Consejo De Ministros Si Las Condiciones Justifican La Medida, Desde La Fecha En Que Se Establezca El Estado De Sitio Por Perturbación Del Orden Público Hasta La Expedición Del Decreto Por El Cual Se Establezca La Normalidad, Se Computará Como Tiempo Doble De Servicio Para Efecto De Prestaciones Sociales
Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.