Micelio

Artículo 6

El Cupo De Emisión De “títulos De Tesorería –Tes– Clase B” Autorizado Por El Artículo1° Del Presente Decreto Que No Se Haya Utilizado Para Realizar Pagos Correspondientes A La Vigencia Presupuestal De 1999 Podrá Ser Utilizado En El 2000 Para Atender Las Reservas Presupuestales Correspondientes A La Vigencia De 1999 Y En Todo Caso Se Entenderá Agotado El 31 De Diciembre Del 2000

Decreto 2599 de 1998 · por el cual se ordena la emisión de Títulos de Deuda Pública Interna de la Nación, “Títulos de Tesorería -TES- Clase B”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El cupo de emisión de “Títulos de Tesorería –TES– Clase B” autorizado por el artículo1° del presente decreto que no se haya utilizado para realizar pagos correspondientes a la vigencia presupuestal de 1999 podrá ser utilizado en el 2000 para atender las reservas presupuestales correspondientes a la vigencia de 1999 y en todo caso se entenderá agotado el 31 de diciembre del 2000.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2599 de 1998