º Los Directores Regionales tendrán una asignación adicional mensual equivalente al veinte por ciento (20%) de la remuneración mensual que le corresponda dentro de la escala respectiva.
Decreto 198 de 1987 →Vigente
Artículo 6
Los Directores Regionales Tendrán Una Asignación Adicional Mensual Equivalente Al Veinte Por Ciento (20%) De La Remuneración Mensual Que Le Corresponda Dentro De La Escala Respectiva
Decreto 198 de 1987 · por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.