Micelio

Artículo 3

º El Presidente De La República Hará La Designación De Principal Y Suplente, Del Representante De Los Empleados Del Congreso, Con Base En Los Resultados, De Elecciones Llevadas A Cabo Con Antelación No Menor De Un (1) Mes, Respecto Del Vencimiento Del Respectivo Período, En El Senado Y En La Cámara, Por Separado, Por Convocatoria Que Para El Efecto Hagan Los Secretarios Generales De Tales Corporaciones

Decreto 1672 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente el articulo 17 de la Ley 33 de 1985.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Presidente de la República hará la designación de principal y suplente, del representante de los empleados del Congreso, con base en los resultados, de elecciones llevadas a cabo con antelación no menor de un (1) mes, respecto del vencimiento del respectivo período, en el Senado y en la Cámara, por separado, por convocatoria que para el efecto hagan los Secretarios Generales de tales Corporaciones. En las citadas elecciones se votará por dos candidatos de distinta filiación política y se aplicará el sistema de cuociente electoral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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