El convenio a celebrar deberá indicar que el objeto del mismo es regular las relaciones entre la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y la empresa operadora de pagos para la prestación del servicio de devolución del Impuesto sobre las Ventas (IVA), a turistas extranjeros.
Como mínimo, el convenio deberá contener:
Fecha de celebración
Partes
Objeto
Vigencia
Obligaciones de las partes
Causales de terminación
Mecanismos para resolver los conflictos
Cláusula penal
El inicio de la prestación del servicio integral no podrá ser superior a los dos (2) meses siguientes a la fecha de suscripción del convenio.
(Artículo 27, Resolución 489 de 2022)