El artículo 10 del mismo Decreto, quedará así
Para atender al aumento de sueldos de la Policía, contemplado en el Decreto número 787, los Municipios del Departamento de Caldas contribuirán para el sostenimiento de esa institución, con las siguientes cantidades, equivalentes a las sumas que aportaban hasta el 30 de junio de 1918, más un veinte por ciento (20%) aproximadamente, sobre las mismas, cantidades que serán retenidas de las participaciones que les corresponden en las rentas departamentales: