Si durante la investigación no se hallare al presunto infractor, se le emplazará por edicto que permanecerá fijado el término de diez días en la Secretaría. Transcurrido este plazo sin que concurra, se le nombrará curador ad lítem y con él se continuará el diligenciamiento hasta su terminación.
Decreto 444 de 1967 →Vigente
Artículo 224
Decreto 444 de 1967 · Sobre régimen de cambios internacionales y de comercio exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.