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Artículo 31

Direcciones Seccionales

Decreto 16 de 2014 · por el cual se modifica y define la estructura orgánica y funcional de la Fiscalía General de la Nación.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Direcciones Seccionales . Las Direcciones Seccionales cumplirán las siguientes funciones

1.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el ejercicio de las funciones a cargo de la Dirección Seccional, con el fin de asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acción penal, así como su funcionamiento y organización interna.

2.

Dirigir, coordinar y controlar la incorporación y aplicación de las políticas públicas en el desarrollo de las actividades que cumple la Dirección Seccional, de acuerdo con los lineamientos y las orientaciones que impartan las dependencias competentes.

3.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de la función investigativa y acusatoria a cargo de la Dirección Seccional, según los lineamientos de priorización y la construcción de contextos, cuando haya lugar.

4.

Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y presentarlos al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.

5.

Presidir, directamente o mediante delegado, el Comité Seccional de Priorización de Situaciones y de Casos que al interior de la Fiscalía General de la Nación sea conformado por el Fiscal General de la Nación, para el cumplimiento de las funciones de la entidad.

6.

Hacer seguimiento a la ejecución del plan de priorización a cargo de la Dirección Seccional.

7.

Suministrar al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana la información de la realización de comités técnico jurídicos y de las investigaciones y acusaciones adelantadas por la Dirección Seccional, debidamente consolidada y clasificada.

8.

Supervisar y hacer seguimiento a los comités técnico-jurídicos de revisión de las situaciones y los casos que realice la Subdirección Seccional de Fiscalías, para la ejecución de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisión del Comité deberá motivar su posición, la cual será estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gestión y de jerarquía, prevalecerá el criterio y la posición de la Fiscalía señalada por el Comité, en aplicación del numeral 3 del artículo 251 de la Constitución.

9.

Dirigir, coordinar y controlar las funciones de análisis criminal y de Policía Judicial de la Dirección Seccional, según los lineamientos y directrices del Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.

10.

Velar por que en el desarrollo de las competencias de la Dirección Seccional se apliquen las políticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia física.

11.

Proponer, en coordinación con la Dirección Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana y la Subdirección de Policía Judicial de la Seccional de la Fiscalía General de la Nación, metodologías y protocolos de investigación, para aprobación del Fiscal General de la Nación.

12.

Mantener actualizada la información que se registre en los sistemas de información de la entidad, en los temas de su competencia.

13.

Realizar seguimiento a la gestión de la Dirección Seccional y presentar informes periódicos y recomendaciones al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.

14.

Hacer seguimiento, en coordinación con la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), al desarrollo y cumplimiento de las funciones de servicios forenses y de genética por parte de la Subdirección Seccional de Policía Judicial (CTI).

15.

Dirimir los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscalía General de la Nación y los demás organismos que desempeñen funciones de Policía Judicial.

16.

Dirimir los conflictos administrativos que se presenten entre los fiscales adscritos a las Direcciones Seccionales en el ejercicio de las funciones o en la asignación de investigaciones, en los casos y según las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Nación.

17.

Proponer e implementar estrategias dirigidas a fortalecer las investigaciones que se adelanten contra los delitos que afecten la seguridad ciudadana, para lo cual podrá conformar grupos internos de trabajo, bajo las directrices del Fiscal General de la Nación y del Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.

18.

Dirigir, coordinar, controlar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos de atención a las víctimas y usuarios en la Dirección Seccional.

19.

Gestionar la aplicación en la Dirección Seccional de sistemas de filtros en la recepción de denuncias, siguiendo los lineamientos del Fiscal General de la Nación. 22. Informar a la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión sobre los movimientos de personal, situaciones administrativas que generen vacancia del empleo, novedades, nómina y prestaciones de los servidores de la Dirección Seccional. 23. Informar al Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana las situaciones administrativas y los movimientos de personal que generen vacancia temporal. 24. Administrar los recursos físicos, informáticos y financieros de la Dirección Seccional. 25. Mantener canales de comunicación y coordinación con las dependencias misionales de la entidad. 26. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada para el efecto. 26. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación. 27. Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal, Vicefiscal General de la Nación o por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2016
    C-232/16Constitucionalidad · «Inciso 2 Numeral 8»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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