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Artículo 2.3.3.5.8.2.2

De La Prestación Del Servicio Educativo Para Los Adolescentes O Jóvenes Que Se Encuentren En El Sistema De Responsabilidad Penal Para Adolescentes (Srpa) Con Medidas No Privativas De La Libertad

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la prestación del servicio educativo para los adolescentes o jóvenes que se encuentren en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) con medidas no privativas de la libertad. Las instituciones educativas que tengan adolescentes o jóvenes matriculados, que formen parte del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) con medidas o sanciones no privativas de la libertad, deberán asegurar la permanencia y continuidad del estudiante en su plantel, y garantizar la prestación del servicio educativo en los términos descritos en la presente Sección, y con observancia de los lineamientos educativos que disponga el Ministerio de Educación Nacional para esta población.

En caso de que el adolescente o joven que forme parte del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) con medida o sanción no privativa de la libertad, se encuentre fuera del sistema educativo, la entidad territorial certificada en educación respectiva deberá asignarle un cupo en una institución educativa oficial de su jurisdicción, atendiendo las particularidades propias del estudiante, e iniciará junto con el establecimiento educativo las acciones respectivas para asegurar la permanencia y continuidad del estudiante en su plantel y garantizar la prestación del servicio educativo. Lo anterior, con observancia de los lineamientos educativos que disponga el Ministerio de Educación Nacional para esta población.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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