Micelio

Artículo 1

º Mientras Subsista El Actual Estado De Sitio, El Conocimiento De Los Delitos Previstos En Los Artículos 32, 33, 34 Y 35 De La Ley 30 De 1986, Y Conexos, Será De Competencia De Los Jueces Especializados A Que Se Refieren Los Decretos 1806 De 1985 Y 466 De 1987

Decreto 468 de 1987 · por el cual se dictan disposiciones sobre competencia y procedimiento en materia de narcotráfico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Mientras subsista el actual estado de sitio, el conocimiento de los delitos previstos en los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley 30 de 1986, y conexos, será de competencia de los jueces especializados a que se refieren los Decretos 1806 de 1985 y 466 de 1987.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 468 de 1987