Micelio

Artículo 14

El Estado Mayor General Del Ejército, Que Residirá Igualmente En El Distrito Capital, Continuará Funcionando En La Forma En Que Hoy Se Encuentra, Mientras El Gobierno Estudia La Manera De Darle Una Organización Más Conveniente

Decreto 464 de 1906 · Por el cual se divide el territorio de la República en cuatro Zonas militares, se señalan unos sueldos y se dictan otras varias disposiciones relacionadas con el Ramo de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Estado Mayor general del Ejército, que residirá igualmente en el Distrito Capital, continuará funcionando en la forma en que hoy se encuentra, mientras el Gobierno estudia la manera de darle una organización más conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 464 de 1906