Micelio

Artículo 3

º En Cada Uno De Los Departamentos De Chocó

Decreto 1332 de 1992 · por el cual se crea la Comisión Especial para las Comunidades Negras, de que trata el artículo transitorio número 55 de la Constitución Política, sobre el reconocimiento de los derechos territoriales y culturales; económicos, políticos y sociales del pueblo negro de Colombia; y se establecen las funciones y atribuciones de la misma.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En cada uno de los Departamentos de Chocó. Valle. Cauca y Nariño habrá una Comisión Consultiva, conformada por las organizaciones que se señalan más adelante, la cual tendrá por objeto hacerle recomendaciones particulares a la Comisión Especial para el cumplimiento de sus funciones en relación con particularidades de las Comunidades Negras en cada uno de dichos Departamentos. Las Comisiones Consultivas serán las siguientes

a)

Comisión Consultiva del Departamento del Chocó la cual estará integrada por: Asociación Campesina Integral del Atrato, ACIA; Asociación Campesina del San Juan, Acadesan; Organización de Población Negra de la Costa Pacifica; Asociación Campesina del Alto Baudó, Acaba; Organización Campesina del Bajo Atrato, Ocaba; Organización de Barrios Populares del Chocó, Obapo; Asociación Departamental de Usuarios Campesinos, ADUC;

b)

Comisión Consultiva del Departamento del Valle, la cual estará integrada por: Comité de Defensa de los intereses del río Cajambre, Codinca; Asociación Popular de Negros Unidos del río Yurumanguí, Aponury; Organización por la Defensa de los intereses de las comunidades Negras del río Naya, Odeincan; Comité Campesino de río Raposo; Comité Pro-defensa del río Anchicayá; Comité Campesino de Papayal El Progreso y dos (2) representantes elegidos por el Concejo de Buenaventura;

c)

Comisión Consultiva del Departamento del Cauca la cual estará integrada por: Movimiento Cultural Cinecio Mina, Asociación Prodesarrollo del Saija, Comité Prodesarrollo del Municipio de López de Micay, Cauca, Comité Prointereses de la Costa Caucana, "Coprica" y por la Fundación para el desarrollo de la Costa Pacífica Caucana;

d)

Comisión Consultiva del Departamento del Nariño, La cual está integrada por: Coagro Pacífico Tumaco; Asociación Campesina del Río Satinga; Asociación Campesina del Patía; Asociación Campesina de Barbacoa; Asociación Campesina del Río Mira; Asociación de Campesinos de San José Payán; Asociación de Campesinos Negros de Mosquera; Asociación de Campesinos de Francisco Pizarro; Asociación Campesina de Iscuandé; Asociación Campesina de Tolá; Asociación Campesina del Charco y por la Asociación de Carboneros y Leñaderos de Tumaco.

Parágrafo

Previo estudio y concepto favorable de la Comisión Especial, podrán crearse comisiones consultivas en otras zonas del país que presenten similares condiciones a las de las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1332 de 1992